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miércoles, 18 de septiembre de 2013

Presupuesto 2014: Muy lejos de la realidad.


         El presente informe refiere al proyecto de Presupuesto 2014 correspondiente a la Administración Nacional (Administración Central, Organismos Descentralizados, e Instituciones de Seguridad Social), agregado institucional al que refiere el proyecto de ley en sus artículos 1 a 4, donde se fijan las autorizaciones de gastos y proyecciones de recursos que debe tratar el Congreso de la Nación.
          El 12 de septiembre el PEN remitió a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el Mensaje N° 710 de elevación del Proyecto de Ley de Presupuesto para el año 2014.
Las pautas macroeconómicas consideradas en su formulación son:
-       Crecimiento del PBI de 6.2% para el próximo año, lo que implica un mayor nivel de actividad al estimado por el consenso de  los economistas.

-       Un tipo de cambio promedio de $6.33 por dólar. Dicho valor luce bajo teniendo en cuenta que el tipo de cambio oficial  a la fecha es de $5.72 y para cumplir con el pronóstico la tasa de devaluación debería rondar 1% mensual el año próximo, muy por debajo de la  devaluación que se observa en la actualidad.

-       Una tasa de inflación medida a través del IPC de 9.9% anual (dic/dic), lo que representa una brecha  de 13/15 puntos porcentuales con respecto a las estimaciones privadas que se ubican en 23/25%.


-       Superávit comercial de 10.124 millones de dólares, como consecuencia de un crecimiento de 9.2% de las exportaciones y 8.6% de las importaciones. Asimismo el saldo comercial esperado para 2013 es del orden de 10.000 millones de dólares, pero si se tiene en cuenta que en el período enero-julio del corriente año el saldo comercial acumula 5.724 millones de dólares, surge el interrogante con relación al cumplimiento de la meta en lo que resta del año. Por lo tanto, las previsiones para el 2014 en materia de saldo comercial generan la misma incertidumbre. 



            Los recursos y gastos estimados para 2014 arrojan un resultado financiero positivo de $869 millones. Si tenemos en cuenta que el presupuesto del año 2013 estimaba un superávit de $587 millones y que  las propias estimaciones oficiales plantean un resultado financiero deficitario de $44.612 millones - que será más abultado a fin del ejercicio- resulta evidente que alcanzar el resultado fiscal previsto para 2014 es una utopía. 
          Las tasas de crecimiento de los recursos totales y gastos totales (2014/2013 proyectado) son de 27,2% y 19.2% respectivamente. Como se puede observar,  por el lado de los gastos la suba de 19.2% resulta a todas luces de imposible cumplimiento, sobre todo si  se tiene en cuenta que  en lo que va del corriente año el gasto total crece a una tasa de 28.8%
Un ejemplo que demuestra la subestimación en las partidas de gastos es el incremento del 10% proyectado en el rubro Transferencias Corrientes (subsidios), debiéndose consignar que al cabo del primer semestre la suba acumulada –devengado- en este rubro ronda el  33%.
         Es decir, la mejora de la situación fiscal prevista en el proyecto de presupuesto resulta una expresión de deseos, puesto que se  debería revertir el déficit de $44.612 millones estimado por el propio gobierno para este ejercicio, para alcanzar un resultado   positivo de $869 millones. Este hecho  solo es posible en la cosmética presupuestaria debido al diferencial de tasas de incremento estimadas  en forma voluntarista para  recursos y los gastos (27,2% vs 19.2%), sin aludirse a medidas concretas que pudieran respaldar semejante apretón fiscal para 2014.

Destacados Presupuesto 2014

-Se autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a integrar nuevamente del Fondo de Desendeudamiento con reservas del Banco Central por u$s9.855 millones (Art 50). Dichos fondos podrán destinarse a la cancelación de deudas y en caso de que existan remanentes a financiar gastos de capital.
-La estimación de incremento del PBI para el próximo año es de 6,2 %, superando el 3,26% que gatillaría el pago del cupón PBI en 2014, razón por la cual se incluyen partidas por $22.000 millones para ese fin.
-El presupuesto contempla Rentas de la Propiedad por $84.485 millones, 45% mayor a la estimación oficial para 2013. Del total de estos recursos, 33% provendrán de las rentas financieras de ANSES y el 59% de utilidades contables del BCRA, lo que demuestra la importancia de estos organismos en el financiamiento del déficit fiscal.
-Se autoriza al Ministerio de Economía a incrementar el aporte para la constitución del Fondo Argentino de Hidrocarburos por hasta 2000 millones de dólares adicionales durante 2014. (art 19) Este fondo creado por resolución del Ministerio de Economía 130/13 tiene por objeto la realización de préstamos o aportes de capital para exploración, explotación, industrialización o comercialización  de hidrocarburos en empresas del sector en las que el estado nacional tenga injerencia.
-Se prorroga para  2014 la vigencia de la afectación especifica de recursos coparticipables prevista en el art 7 de la Ley de Financiamiento Educativo,  asegurándose la distribucion automática de estos recursos  a los  municipios,  para gastos vinculados con la finalidad educación.(artículo 23)
-Se establece para 2014 que los recursos destinados al FONID y al Programa de Compensación Nacional Salarial Docente no serán inferiores a los asignados en el Presupuesto 2013. (artículo 24)
-Al igual que en ejercicios anteriores, se autoriza al PEN a importar combustibles eximiendo a dichas operaciones del pago de los respectivos impuestos. (artículo 30)
-Se prorroga hasta el 31/12/17 el plazo de vigencia del régimen de promoción de inversiones en obras de infraestructura y bienes de capital (artículo 32)
-Las provincias contaran para 2014 con una prórroga de  las excepciones a la ley de Responsabilidad Fiscal (artículo 1 y2 de la ley 26.530)
-Se crea el Fondo Nacional de Desarrollo de Proyectos Estratégicos con el objetivo de fomentar a través de distintos organismos del Estado (nacional, provincial y municipal) la exportación de servicios y equipamiento de producción nacional, que sean declarados estratégicos por el PEN. Los aportes consistirán en letras, avales y títulos públicos del tesoro nacional y los agentes financieros serán el BICE SA y Banco Nación (artículo 73)


Las Provincias en el Presupuesto 2014.
  
          Las proyecciones de recursos nacionales automáticos a las provincias contenidas en el proyecto de presupuesto 2014 ascienden a $276.109 millones, estimándose un aumento del 24.7% para el año próximo.

        La otra gran fuente de fondos para los gobiernos subnacionales la constituyen las Transferencias Corrientes,  para las que no se estima crecimiento el año próximo y las Transferencias de  Capital, para las que se proyecta un crecimiento de 12.3%, explicado fundamentalmente por el aumento de los recursos del Fondo Federal Solidario (Soja).
Con relación a la perspectiva del financiamiento para las provincias argentinas en el próximo año, el  mensaje del proyecto de ley consigna escuetamente que “es factible prever durante el 2014 el otorgamiento de asistencia financiera del gobierno nacional para algunas jurisdicciones”.
Independientemente de lo mencionado, el proyecto de presupuesto contempla dentro de Aplicaciones Financieras -Inversión Financiera-, un monto de $9.000 millones bajo el rubro “Programa de Sustentabilidad de las Finanzas Provinciales”, sin ningún tipo de explicitación con respecto a la modalidad de implementación (Presupuesto 2013 contemplaba por este mismo concepto $ 5.800 millones, escasamente ejecutado a la fecha)


  

Distribución interjurisdiccional de recursos

       Como rasgo distintivo del federalismo fiscal vigente, el presupuesto refleja la marcada centralizacion de recursos en el poder central.
De los $1.097.316 millones que en concepto de Recursos Tributarios y Contribuciones se estima recaudará el Sector Público Argentino, $821.205 corresponderán al Sector Público Nacional –Administración Nacional y Otros Entes-, es decir el 74.8% del total, mientras que $276.109 millones -25.2%- se transferirán al conjunto de provincias principalmente por vía de la coparticipación federal y en menor medida a través de otras transferencias.




Artículos relacionados con provincias

Capítulo VII: de las Operaciones de Crédito Público.
Artículo 58: autoriza al PEN  a negociar la reestructuración de deuda con acreedores oficiales del exterior que las provincias le encomienden. En tales casos el Estado Nacional podrá convertirse en deudor o garante frente a los citados acreedores en la medida que la jurisdicción  provincial asuma con el Estado Nacional la deuda resultante en los términos que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio Economía y Finanzas Públicas determine.
A los efectos de la cancelación de las obligaciones asumidas, las jurisdicciones provinciales deberán afianzar dicho compromiso con los recursos tributarios coparticipables.
Capítulo VIII de las Relaciones con Provincias
Artículo 65: determina los importes a remitir mensualmente a las provincias que oportunamente no ingresaron al canje de deuda propuesto por la nación en el marco del artículo 11 del Acuerdo Nación – Provincias sobre relación financiera y bases de un régimen de coparticipación federal de impuestos, ley 25570 del año 2002.
Las provincias son La Pampa, $3,37 millones, Santa Cruz, $ 3,38 millones, Santiago del Estero $6,79 millones, Santa Fe $14,97 millones y San Luis $4,03 millones.
Artículo 66: se prorrogan para el año 2013 los artículos 1 y 2 de la ley 26530.
Se trata de la excepción a restricciones establecidas por la ley 25917 de responsabilidad fiscal que la Nación y las Provincias han suspendido en su aplicación desde 2009.
Estas restricciones consistían en:
·         Límites al crecimiento del gasto público primario
·         Necesidad de ejecutar los presupuestos conservando el equilibrio
·         Los servicios de deuda del conjunto de provincias no podían superar el 15 % de los recursos corrientes netos de transferencias por coparticipación a municipios
·         Imposibilidad de tomar endeudamiento externo para financiar gastos corrientes
·         Prohibición de realizar modificaciones presupuestarias que impliquen aumento de gasto corriente en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras






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